Cocursos
Cargo 10 · Convocatoria 28

Magistrado de Comisión Seccional de Disciplina Judicial

RAMA JUDICIAL

Concurso
Rama Judicial · Conv. 28
Vacantes
Registro de elegibles
Ubicación
Todo el país (excepto San Andrés, Providencia y Santa Catalina)

Tu temario

12 módulos · 12 disponibles ya.

Los ejes temáticos oficiales de tu empleo se publican antes de la prueba, con la guía de orientación al aspirante. Mientras tanto, tu temario combina el bloque común que se evalúa en este tipo de concurso con temas escogidos a partir de las funciones de tu empleo o de la convocatoria anterior; lo ajustaremos cuando se publiquen los ejes. Cómo se definen los temas en este concurso

Común a todo el concurso

  • 🧭 El concurso y cómo prepararte Disponible
  • 🏛️ La Rama Judicial y la carrera judicial Disponible
  • 🧩 Aptitudes: razonamiento verbal y lógico Disponible
  • 💻 Herramientas informáticas Disponible
  • 📚 Filosofía del derecho y teoría jurídica Disponible
  • 🧠 Interpretación y argumentación jurídica Disponible
  • 📜 Derecho constitucional para jueces Disponible
  • 🕊️ Derechos humanos y derecho internacional humanitario Disponible
  • 📑 Derecho procesal y probatorio Disponible

Según las funciones de tu empleo

  • ⚖️ Régimen disciplinario Disponible
  • 🧑‍⚖️ Disciplina judicial y de los abogados Disponible

Otros temas de tu prueba

  • ⚖️ Función pública, integridad y régimen disciplinario Disponible
Funciones y requisitos del empleo

Funciones

  1. Investigar y juzgar en primera instancia la conducta disciplinaria de los jueces y empleados judiciales del distrito.
  2. Investigar y juzgar en primera instancia a los abogados en ejercicio de la profesión (Ley 1123 de 2007).
  3. Dirigir las audiencias del procedimiento disciplinario, decretar y practicar pruebas y proferir las decisiones en sala.
  4. Elaborar los proyectos de providencia a su cargo.

Requisitos mínimos

Ser colombiano de nacimiento y ciudadano en ejercicio, en pleno goce de los derechos civiles; tener título de abogado; no estar incurso en causal de inhabilidad o incompatibilidad; no haber llegado a la edad de retiro forzoso. Experiencia profesional no inferior a diez (10) años, adquirida después del título en actividades jurídicas o relacionadas con las funciones del cargo (art. 128 de la Ley 270 de 1996). En la modalidad de ascenso: ser servidor de carrera judicial escalafonado en el cargo de categoría inmediatamente inferior de la misma especialidad, con cuatro años de permanencia y la evaluación de servicios en firme.